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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41943 - A >> Fecha 01/10/2019 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41943 - A - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Transitorio
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Transitorio III

Por el pago correspondiente a los ajustes y liquidación de la cosecha del período 2018-2019, el beneficio de café no deberá emitir la factura de compra, en su lugar, deberá respaldar el gasto mediante los comprobantes indicados en la Ley de Relaciones entre Productores, Beneficiadores y Exportadores de Café N° 2762 y su reglamento, Decreto Ejecutivo N° 28018-MAG.


 

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