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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31536 - 1 >> Fecha 24/11/2003 >> Articulo 38
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31536 - 1 - Articulo 38
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Artículo 38
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Artículo 38

Artículo 38.—Cumplimiento de otros requisitos. Los medios de transporte deberán cumplir además con las especificaciones técnicas exigidas en leyes y reglamentos especiales para circular por el territorio de los países signatarios.

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