ARTICULO
2.-Modifícase el artículo 4 de la Ley No. 7111 de 12 de diciembre de 1988
en la forma que se indica a continuación:
(Nota
de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido el texto
de la reforma debe ser consultado en el Alcance N° 28 a
La Gaceta N° 159 del 23 de agosto de
1989)
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