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 Normativa >> Ley 7092 >> Fecha 21/04/1988 >> Articulo 51
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Normativa - Ley 7092 - Articulo 51
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Artículo 51
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CAPITULO XXII

 

De los contribuyentes de la renta imponible

 

 

Artículo 51.- Contribuyentes.

 

Son contribuyentes de este impuesto, las personas físicas o jurídicas domiciliadas en el exterior que perciban rentas o beneficios de fuente costarricense.

Sin embargo, son responsables solidarios de las obligaciones establecidas en esta ley, incluso del pago del impuesto, las personas físicas o jurídicas domiciliadas en Costa Rica que efectúen la remesa o acrediten las rentas o beneficios gravados.

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