Artículo
89.-Decisión
final.
La resolución de la Junta de Pensiones y Jubilaciones referida en el artículo
88, junto con el expediente, serán elevados ante la Dirección Nacional de
Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la resolución
final, con el refrendo del Auditor Interno. Para resolver, dicha Institución
tendrá un plazo máximo de un mes calendario contado a partir del momento en que
la Dirección Nacional de Pensiones reciba la resolución y el expediente
completo.
En caso de que la resolución no se emita en
el plazo citado se ejecutará lo resuelto por la Junta de Pensiones y
Jubilaciones del Magisterio Nacional.
El Ministerio de Hacienda, en el ejercicio de
sus facultades de fiscalización, queda autorizado para requerir toda la
información que considere necesaria para aclarar lo que la Dirección Nacional
de Pensiones o la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional
ordenen ejecutar en cuanto a los pagos, y podrá negarse a tal ejecución
mientras no se satisfaga debidamente la información requerida que permita
autorizar el pago.
El acuerdo de la Junta de Pensiones y
Jubilaciones del Magisterio Nacional junto con la aprobación de la Dirección
Nacional de Pensiones, cuando esta última se haya emitido dentro del plazo
establecido, agotarán la vía administrativa, según corresponda.
Transitorio.- Con el propósito de
que la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional y la Dirección
Nacional de Pensiones, se adapten a las nuevas disposiciones, se establece un
período de tres meses, contados a partir de la promulgación de la presente ley,
durante el cual se seguirán los procedimientos establecidos antes de
promulgarla. El Ministerio de Hacienda autorizará, a la Dirección Nacional de
Pensiones los recursos necesarios para cumplir con el nuevo procedimiento,
previa presentación de un plan de trabajo. La Secretaría Técnica de la
Autoridad Presupuestaria velará por la correcta ejecución de este plan.
(Así reformado por el
artículo 1° de la ley N° 7946 del 18 de noviembre de 1999)
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