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 Normativa >> Ley 2248 >> Fecha 05/09/1958 >> Articulo 93
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Normativa - Ley 2248 - Articulo 93
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Artículo 93
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CAPITULO X

Administración del Régimen

Artículo 93.- Organo competente. La administración del Régimen estará a cargo de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, bajo la supervisión y el control de la Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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