34
ARTICULO 34.- La Comisión de Incentivos estará integrada por
representantes de los sectores privado, público y de educación superior,
de la siguiente manera:
a) El Ministro de Ciencia y Tecnología o su representante, quien la
presidirá.
b) Dos representantes del Ministerio de Hacienda, uno de la
Dirección General de Hacienda y otro de la Autoridad Presupuestaria.
c) Un representante del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
ch) Un representante del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio.
d) Un representante del Consejo Nacional para la Investigación
Científica y Tecnológica (CONICIT).
e) Tres representantes de las universitarias nombrados por el
Consejo Nacional de Rectores (CONARE).
f) Un representante de la Cámaras de Agricultura y
Agroindustria.
g) Un representante de la Cámara de Industria de Costa Rica.
h) Un representante seleccionado por el Ministerio de Ciencia y
Tecnología, de una terna que le presentará la Unión Nacional de Cámaras
y Asociados de la empresa privada.
|