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Artículo 4º.- MIDEPLAN, por medio de su Unidad de Desarrollo
Sostenible, promoverá las siguientes actividades, que se ejecutarán en
coordinación con las Unidades de Desarrollo Sostenible:
a) La capacitación que incentive el cambio de actitudes y
actuaciones para la aplicación de los principios del desarrollo
sostenible;
b) El establecimiento de una red de información que enlace las
Unidades de Desarrollo Sostenible entre sí;
c) El fortalecimiento de los vínculos operativos y administrativos
entre las instituciones estatales y el SINADES; y
d) La armonización de instrumentos legales y operativos para la
aplicación de los principios del desarrollo sostenible.
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