Artículo 70°.- Derogaciones.
Quedan sin efecto las funciones y potestades de
regulación del comercio y, en particular, para otorgar licencias de
importación o exportación, fijar cuotas y otorgar autorizaciones
a una actividad económica, en los siguientes casos:
a) Ley de Fomento de la Producción de Cabuya, No.
7153 del 29 de junio de 1993.
b) Ley de Fomento Avícola, No. 4981 del 26 de mayo de
1972 y sus reformas.
c) Ley de Fomento a la Actividad Porcina, No. 6433 del 22 de
mayo de 1978 y sus reformas.
d) Ley de Fomento Salinero, No. 6080 del 30 de agosto de
1977.
Además, se derogan las siguientes normas:
a) El inciso a) del artículo 9, los incisos b), j) y
k) del artículo 10 y los artículos 32, 33 y 34 de la Ley de
Creación de la Oficina del Arroz, No. 7014 del 14 de noviembre de 1985.
b) Los incisos c) y d) del artículo 443 del
Código Fiscal, Ley No. 8 del 31 de octubre de 1885 y sus reformas, en lo
que a licencias de exportación de alcoholes se refiere.
c) Los incisos a), b) y q) del artículo 4 de la Ley
Reguladora de las relaciones entre productores e industriales de tabaco, No. 2072
del 15 de noviembre de 1956 y sus reformas.
d) El párrafo segundo del artículo 7,
párrafos 1 y 3 del artículo 8, artículos 9, 11, 12, 13,
14, 15 y 17 -en cuanto a lo que a permisos de exportación se refiere- y
el 18 de la Ley de Ganado, No.6247 del 2 de mayo de 1978.
e) El inciso f) del artículo 20 de la Ley de
Semillas, No.6289 del 4 de diciembre de 1978.
f) El artículo 32 de la Ley de Salud Animal, No.6243
del 2 de mayo de 1978.
g) Los apartes 8.A y 14.B del anexo 4 y el artículo
10 de la Ley No.7134 del 5 de octubre de 1989, en lo que a licencias de importación
de arroz, frijoles y maíz blanco se refiere.
h) El inciso d) y el párrafo segundo in fine del
artículo 361 del Código de Comercio, en lo que se refiere a la
inscripción de las licencias de representantes de casas extranjeras en
el Registro Mercantil y los artículos 362 y 364 del Código de
Comercio.
i) Los artículos 2, 6, 7, 8, 9 y 10, en lo que se
refiere al título-licencia de la agencia de viajes y los
artículos 11, 12, incisos e) y h), 17, 18, 21 in fine, 22, 23 y 24 de la
Ley reguladora de las agencias de viajes, del 23 de agosto de 1973.
j) La Ley de Protección al Consumidor, No.5665 del 29
de febrero de 1975.