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 Normativa >> Ley 8017 >> Fecha 29/08/2000 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 8017 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—Fines. Los fines de la presente ley serán:

a)    Garantizar el derecho de las personas menores de edad a participar en programas de atención integral cuando sus padres, madres o representantes legales lo requieran y cumplan con los requisitos que se establecerán en los respectivos reglamentos para cada una de las modalidades de atención.

b)    Ampliar las posibilidades de atención integral, que permitan el desarrollo de las potencialidades de las personas menores de edad.

c)    Proveer a los padres, las madres y los encargados de las personas menores de edad de alternativas de atención integral adecuadas y seguras.

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