Artículo 59.- El Ministerio de Relaciones
Exteriores gestionará con la Universidad de Costa Rica la creación de un
Instituto de Derecho Internacional, anexo a la Facultad de Derecho, que tendrá a
su cargo la orientación de la docencia de las materias citadas en el artículo
14, y la investigación en materias de Políticas y Derecho Internacional. Una
vez formulado el plan para la creación de ese Instituto, el Poder Ejecutivo
propondrá a la Asamblea Legislativa las medidas de orden legal y económico que
fueren necesarias para la realización de dicho plan.
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