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 Normativa >> Ley 3091 >> Fecha 18/02/1963 >> Articulo 19
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Normativa - Ley 3091 - Articulo 19
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Artículo 19
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19

Artículo 19.- El Consejo de Administración, a propuesta del

Presidente Ejecutivo, podrá designar el gerente o gerentes que sean

necesarios, quien o quienes tendrán las atribuciones y poderes que

expresamente les asigne el Consejo de Administración.

NOTA: Complementado por artículos 6 y 7 de Ley Nº 4646 de 20 de

octubre de 1970.

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