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ARTÍCULO 39.- El Consejo estará integrado por los siguientes
representantes:
a) Uno por cada una de las siguientes áreas del sector público:
salud, trabajo, economía y educación. Serán nombrados por el Consejo de
Gobierno.
b) Dos de la Unión de Cámaras.
c) Dos de las organizaciones sindicales de mayor afiliación.
d) Dos del Consejo Nacional de Rectores.
e) Uno del Banco Central.
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