Artículo
3º—Trámite ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
Todo plano debe estar respaldado por la firma y número de carné del
profesional o profesionales responsables participantes en el diseño. Deberán
además, estar sellados y timbrados por el Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos (CFIA), previo a su tramitación ante las instituciones competentes.
Lo anterior de conformidad con el artículo 54 de
la Ley Orgánica
del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, Nº 3663 del 10 de enero
de 1966 y sus reformas.
Para
tramitar ante el CFIA el visado de los planos de viviendas unifamiliares sin
importar su área constructiva, incluyendo las que se encuentran en el Régimen
de Propiedad Horizontal, el profesional responsable deberá, además de los
requisitos establecidos por el Colegio en la “Guía de Tramitación de
Proyectos del Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional”,
declarar bajo fe de juramento, que conoce toda la normativa aplicable y que su
proyecto cumple con dicha normativa. Esta declaración jurada será presentada
ante el CFIA, según el formato que se indica en el Anexo Nº 1 de este Decreto.
La Declaración Jurada
deberá ser enviada en versión digital (escaneada) y además ser presentada el
original impreso ante el CFIA, debidamente firmada por el profesional y
autenticada por un profesional en derecho. Si el trámite es realizado de manera
personal por el Profesional Responsable del Diseño y de
la Dirección Técnica
, se podrá prescindir de la autenticación de la firma, en cuyo caso el
funcionario del CFIA que la reciba, confrontará con el documento de identidad
respectivo.
(Así
reformado mediante artículo 1° del decreto ejecutivo N° 33799 del 19 de abril
de 2007)
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