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 Normativa >> Directriz 27 >> Fecha 01/09/2003 >> Articulo 5
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Normativa - Directriz 27 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—Especificaciones técnicas y lineamientos para la escogencia de tipologías arquitectónicas para la construcción de vivienda y obras de urbanización:

Artículo 5º—Especificaciones técnicas y lineamientos para la escogencia de tipologías arquitectónicas para la construcción de vivienda y obras de urbanización:

Características mínimas de vivienda de interés social

El oferente se responsabilizará por el diseño estructural, en particular cuando el material o tecnología constructiva no sea la convencional. Deberá cumplir con la última normativa establecida en el Código Sísmico de Costa Rica (versión 2002 o posterior).

El oferente debe especificar quién será el profesional responsable de la construcción y el profesional responsable del diseño.

Las características técnicas de las viviendas y de los materiales que se utilicen (especificaciones) deben estar claramente indicadas en los planos constructivos, los cuales deben ser en todo coincidentes con el presupuesto de obra (urbanización y vivienda) que se apruebe y con la obra que finalmente se construya. El desarrollador deberá presentar junto con el plano, un documento o folleto de especificaciones. Este documento se usará para la calificación del proyecto, y también deberá ser entregado al Beneficiario a la hora de formalizar, junto con una garantía escrita de las obras realizadas y un manual de mantenimiento básico de la vivienda que deberá incluir la operación y mantenimiento del sistema de tratamiento o disposición de aguas residuales.

Las variaciones entre lo establecido en el plano y lo que se construya deberán ser presentadas con adecuadas justificaciones por el desarrollador o constructor a los fiscalizadores de las entidades autorizadas antes de que se ejecute el cambio, las que deberán dar su consentimiento por escrito para efectuar cualquier modificación a dicho cambio. Esto en el caso de que el desarrollador o constructor haya omitido o variado algún detalle especificado en los planos constructivos. El cambio deberá constar en la bitácora de obra y será en todo caso para elevar la calidad de la construcción, además deberá ser respaldado por notas de solicitud y aceptación del cambio, entre la empresa constructora o desarrolladora y la entidad autorizada.

Además, el desarrollador será en todo momento el responsable de velar por que se cumplan todas las especificaciones del fabricante, en cuanto a la utilización de los diferentes componentes que se incorporen a la obra. Todos los materiales a usar deberán estar en óptimas condiciones y ser de primera calidad, evitando usar sobrantes de otros procesos constructivos como insumos o materia prima de la vivienda en construcción (cabería de tubos o piezas de madera y otros). Además se deberá prestar especial atención al cumplimiento de las resistencias mínimas establecidas para el concreto, según lo especifique el ingeniero responsable del diseño.

Estas especificaciones mínimas de viviendas de interés social, son complementarias a las especificaciones particulares establecidas, entre otras, por las siguientes instituciones: Ministerio de Salud (MS), Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) o entidad responsable del servicio eléctrico, Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA) o entidad responsable de los acueductos, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), Municipalidad de cada lugar donde se ubique el proyecto y el CFIA.

Se establece que una vivienda de interés social construida al amparo del artículo 59 de la Ley del SFNV debe incluir los elementos y calidades que se establecen a continuación.

1º—Área de la Vivienda. Casa con un área mínima de 42 m² y dos dormitorios para núcleos familiares de menos de cinco miembros. Casa de 50 m² y tres dormitorios para núcleos familiares de cinco o más miembros. Se podrán autorizar viviendas con menos aposentos de dormitorios si existe la necesidad de un diseño diferente, dada las condiciones particulares de los ocupantes.

2º—Contrapiso de concreto. En todos los casos el espesor y características mínimas de la base deberá ser la que determine el ingeniero responsable del diseño con base en un estudio de suelos, incluyendo el uso o no de una malla electrosoldada, sin embargo, se usará un mínimo de 7.5 cm. de espesor con una resistencia mínima del concreto de 175 kg/cm², montado sobre una base de lastre o grava de no menos de 15 cm de espesor, compactada al 95% del Próctor Estándar.

El acabado del piso será como mínimo afinado y lujado en fresco ya sea con ocre o en concreto. Dentro de la vivienda se deberá mantener, preferiblemente, el mismo nivel, evitando la construcción de gradas, acorde con lo especificado en los planos de construcción.

El contratista deberá hacer una sustitución del material de suelo por otro material estable (lastre o grava compactada) en caso que el estudio de laboratorio de suelos y diseño así lo indique, con la profundidad y compactación que establezca el mencionado estudio. Las características y cantidad de material de sustitución, deberá estar especificada en los planos de construcción de las viviendas, y su costo deberá estar reflejado en el presupuesto de obras de la vivienda.

Para los sistemas de vivienda sobre pilotes, los espesores mínimos serán los resultantes de la memoria de cálculo del ingeniero responsable del diseño, pudiendo ser de concreto, madera tratada, fibrocemento u otro material apto.

3º—Paredes exteriores. Deberán tener un acabado tal que esté libre de reventaduras, grietas e imperfecciones, así mismo, su acabado deberá garantizar la adecuada y efectiva impermeabilización. Si son de concreto, sistema de mampostería integral o material prefabricado, se debe garantizar la adecuada y efectiva impermeabilización en las juntas entre baldosas o elementos, así como entre las columnas y las baldosas en caso de usar elementos prefabricados. Las paredes exteriores del sistema de mampostería deben ir recubiertas por fuera con una capa de repello delgado o quemado o por algún otro tipo de recubrimiento que garantice la impermeabilidad.

En caso de que la tipología utilizada o el sistema constructivo empleado no permita el uso del concreto en paredes, también debe garantizarse la impermeabilidad de las paredes exteriores.

4º—Paredes internas. Pueden ser en concreto, madera o algún tipo de muro seco, su uso deberá estar acorde y cumplir con las recomendaciones del fabricante, en cuanto a diseño y calidad estética. En caso de utilizar algún tipo de cerramiento con estructura o plantilla de madera seca, esta deberá de ser de primera calidad (entendiéndose por esto que no deberá tener reventaduras, picaduras de insectos, ni ninguna de sus partes podridas) e ir debidamente tratada, tanto contra insectos como contra humedad. En todos los casos las paredes internas deberán preferiblemente ir a doble forro, de tal manera que por ambos lados su acabado sea igual.

En el caso de la utilización de alguna tecnología tipo muro seco, es requisito fundamental que la modulación de la plantilla o estructura donde se va a instalar las láminas, coincida con sus extremos, ya que no se permitirán remates o finales en falso. Preferiblemente, las paredes internas deberán ir a doble forro, de tal manera que por ambos lados su acabado sea igual.

5º—Solera y viga corona. Todo remate o final de pared deberá hacerse de acuerdo a la especificación que para tal fin tenga el fabricante del sistema constructivo, ya sea con la inclusión de una solera, una viga corona u otro sistema definido en el diseño. En caso de que se requiera perforar un elemento metálico que actúe como solera para lograr la debida sujeción a la pared, dichas perforaciones deberán realizarse de tal forma que queden debidamente ajustados al perno o pin que se use y no agujeros más grandes que faciliten los movimientos diferenciados entre pared y solera.

6º—Estructura de techo. Deberá contar con el diseño del profesional a cargo, quien tendrá toda la responsabilidad sobre él, en apego a la normativa para este tipo de estructuras.

6.1. Metálica: podrá ser soldada, con protección adicional contra la corrosión en todos los puntos de soldadura, o apernada en cuyo caso los pernos que se utilicen deberán estar también debidamente protegidos contra la oxidación.

6.2. Madera: En caso de utilizarse madera como estructura, esta no deberá tener dimensiones de sección menor a 2.5 x 7.5 cm, deberá ser de primera calidad y estar debidamente tratada contra insectos y contra humedad.

Las cerchas o la estructura que se utilice para soportar el techo, deberá estar debidamente sujeta a la solera o viga corona. No se permitirán cerchas cuyo elemento inferior horizontal actúe también como solera, salvo que un diseño estructural demuestre que es posible, lo cual deberá demostrarse mediante la presentación de la respectiva memoria de cálculo.

7º—Cubierta de techo. En lámina galvanizada ondulada Nº 28 (calibre mínimo) y las figuras (cumbrera, botaguas, limahoyas, limatones y otros) en HG Nº 28. Los traslapes entre láminas no deberán ser menores a 15 cm. y los tornillos deberán tener adicionados empaques de neopreno como sello. En caso de usarse madera como estructura se deberán usar clavos con arandela de neopreno o de plomo. No se permitirán láminas sin galvanizar u oxidadas, dobladas, torcidas o en cabos. Tampoco se permitirán láminas de "segunda". En caso de que dos o más viviendas del proyecto estén pared con pared, deberá instalarse un botaguas entre ambos techos, de modo que impida que se filtre entre las paredes el agua de lluvia.

8º—Marcos de ventanas. Se podrá usar aluminio chapa, x- 11 o x- 12, acero inoxidable, hierro galvanizado o en madera tratada. Correrá por cuenta y responsabilidad del desarrollador el uso adecuado del elemento según las recomendaciones del fabricante, así como el diseño y dimensionamiento de buques y paredes de ventanería, de manera que los vidrios que se instalen no sufran reventaduras por instalación o por la acción de factores térmicos. Se deben ajustar al espesor de la pared del sistema constructivo.

9º—Marcos de puertas. De madera de primera calidad (sin reventaduras, picaduras de insectos ni secciones podridas) tratada con preservantes tanto contra los insectos como contra la humedad, cepillada a cuatro caras y con dimensión no menor a 2.5 x 7.5 cm (o el ancho que se ajuste al sistema constructivo utilizado). No deberán presentar pandeos, reventaduras, rajaduras o perforaciones en ninguna de sus cuatro caras. También podrán ser utilizados como marcos para puertas, piezas metálicas como perfiles laminados y otros, debidamente tratados contra la corrosión.

10.—Puertas. Llevará como mínimo tres puertas, dos exteriores que podrán ser de madera, de metal o de estructura o bastidor de madera, en todo caso deberán ser resistentes a la intemperie y a la humedad, y una en el baño que podrá ser de doble forro. La principal y la posterior con llavín de doble paso, la del baño con llavín de pistillo. Todas las puertas serán guindadas con al menos dos bisagras de bronce de 7.5 cm de ancho.

11.—Cielo raso. Se colocará cielo raso en los corredores y aleros, estos podrán ser de madera o productos de fibrocemento, yeso prensado (comúnmente conocido como gypsum) para exteriores o similar con espesores no menores a los recomendados por el fabricante para este uso. En aleros no debe medir menos de 50 cm de ancho, (fuera del ancho de canoa). El emplantillado puede ser en madera tratada de primera calidad de sección 2.5 cm x 5 cm o perfiles de hierro galvanizado. La colocación del material del cielo raso debe seguir las indicaciones del fabricante.

12.—Canoas y bajantes. Deben recoger toda el agua que caiga en los techos. Podrán ser de hierro galvanizado liso de calibre 28 o superior, o de PVC. Las canoas de PVC deberán llevar soportes a no más de 60 cm para evitar el pandeo de las mismas. Los bajantes no podrán tener una sección menor de 44 cm². Deberán ir debidamente conectados por medio de caja de registro al sistema de evacuación pluvial y dichas cajas deberán mantener el nivel adecuado, de manera que permitan el drenaje de la zona donde se ubiquen.

13.—Tapicheles y precintas. Los tapicheles pueden ser de concreto, de fibrocemento u otros materiales con espesores no menores a las que establezcan los fabricantes para su uso en exteriores. No deberán presentar despuntamientos, resquebrajamientos o fisuras. Deberán estar debidamente sujetas a la estructura de apoyo de acuerdo a las especificaciones del fabricante. Los topes entre láminas o juntas deberán quedar en elementos de soporte adecuados y ser apropiadamente impermeabilizados de acuerdo a las indicaciones del fabricante.

14.—Instalación eléctrica. Las instalaciones eléctricas deberán ser diseñadas y construidas para cumplir las especificaciones establecidas en el Código de Instalaciones y demás normativa vigente, por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, por el ICE o por la empresa suministradora de servicios de electricidad de la zona donde se ubique el proyecto. Será obligatorio que toda tubería y accesorios de Cloruro de Polivinilo (PVC) que se utilice en la instalación eléctrica (conduit), cumpla con la norma oficial emitida en el Decreto Nº 15291-MEC del siete de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro, publicada el día trece de abril de mil novecientos ochenta y cuatro o sus reformas.

Como mínimo deberá contar con tres salidas eléctricas por aposento: una de iluminación, un apagador y un tomacorriente, deberá contar con una prevista para cocina de 220 voltios, mediante la instalación de tubo conduit de 2,5 cm de diámetro, sin embargo, se dejará funcionando con cableado y toma de 110 voltios. Además una caja de disyuntores de 8 espacios, monofásica, trifilar 120-220 voltios, 100 amperios con barra de tierra.

Deberá contar con una toma telefónica cableado en la sala de la vivienda, con toda su instalación completa hasta la conduleta telefónica en la salida, de tal forma que esté apto para su inmediata conexión cuando el sistema telefónico se instale frente a la vivienda.

Se asignará como mínimo un disyuntor de 15 amperios para la iluminación, un disyuntor de 20 amperios para los tomas generales, un disyuntor de 20 amperios para los tomas de la cocina, uno de 30 amperios para la termoducha y uno de 40 amperios para la toma especial. Dicha caja deberá quedar debidamente aterrizada a una varilla cooperweld de 1.5 m de largo por 12.7 mm de espesor.

El cable de acometida no deberá ser menor a Nº 6 THW y el cable del resto de la casa no menor a Nº 12 THW, excepto el cable de alimentación de la cocina que deberá ser Nº 8 THW.

Todo el cable interior deberá ir entubado en tubo conduit de diámetro apropiado, debidamente anclado a la estructura de techo o paredes de la vivienda y el exterior en tubo EMT con sus respectivos conectores.

Todo tomacorriente y apagador deberá de ir en una caja rectangular de metal o de PVC, unida a la tubería con su respectivo conector, de igual manera toda salida para iluminación deberá de ir en una caja octogonal de PVC o de metal, unida a la tubería con su respectivo conector y cerrada con una tapa metálica o de PVC. Las cajas rectangulares y octogonales deberán llevar su respectiva tapa.

Toda acometida a una vivienda deberá llevar su respectiva conduleta botaguas en tubo EMT de 38 mm. El medidor y la cuchilla deberán ir adecuadamente sujetos a elementos fijos y estar protegidas contra la lluvia.

La prevista de conexión externa que pueda solicitar la compañía que provee electricidad a la vivienda (poste de 3 ó 6 m de altura sembrado en el borde de acera y casetilla adosada) se debe dejar instalado. La conexión será aérea entre el poste y la conduleta eléctrica de la vivienda para garantizar una altura entre el nivel de sélo del antejardín y los cables de al menos 3 m de altura.

15.—Baño. Tendrá un baño con ducha con cachera de una llave y una llave de chorro para lavapié, un inodoro tipo habitat (económico) o similar, preferiblemente montado sobre un "flanger" de 10 cm (4") con empaque de cera y un lavatorio tipo habitat o similar con un sifón de 5 cm de diámetro, ambos con llave control. El piso de la pileta del baño deberá tener una pendiente mínima de 1% hacia el sumidero y una textura antideslizante no áspera. Deberá contar con ventilación e iluminación natural.

Las paredes que se encuentren dentro de la ducha deberán quedar debidamente impermeabilizadas hasta la altura de la ventana o a 1.80m. El muro de separación de aguas en la pileta de la ducha deberá contar con bordes biselados a 45º. El desagüe de la ducha tendrá, junto con el del lavamanos un cenicero independiente al resto del sistema de evacuación de aguas residuales. El desagüe del lavatorio deberá contar con un sifón.

16.—Pila de concreto. Deberá tener una pila de concreto de un tanque y una batea montada sobre bloques de concreto, con una llave de chorro, un sifón a la salida del desagüe y además deberá tener un cenicero independiente al resto del sistema de aguas residuales.

17.—Fregadero de cocina. El fregadero será de fibra de vidrio o acero inoxidable de un tanque y una batea, montado sobre un marco de metal o de concreto con una llave de chorro, y además deberá tener un cenicero o trampa de grasa independiente al resto del sistema de aguas residuales. Debe incluir un sifón para detener malos olores.

18.—Sistema de agua potable. Toda tubería a utilizar deberá cumplir con todas las normas y estándares que dicta el ICAA y el Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO).

La instalación de agua potable deberá ser en tubo PVC CSH-40 de 12.5 mm (pared gruesa). Deberá tener todas las uniones a las figuras y entre sí misma debidamente solaqueadas con pegamento para PVC, evitando goteos y fugas mayores. Una vez instalada la tubería en una vivienda, deberá realizarse en ella, una prueba de presión hidrostática conforme a las especificaciones de los códigos respetivos y tomando en cuenta la presión del acueducto local en caso de que la misma sea superior a lo especificado en los códigos. Toda tubería expuesta deberá de ir en hierro galvanizado, debidamente solaqueado. Los resultados de las pruebas deberán ser anotados en el cuaderno de bitácora.

19.—Sistema de tuberías de aguas residuales. Toda la tubería a utilizar deberá cumplir con las normas y estándares que dicta el ICAA, el MS y el INTECO. Al igual que en el punto anterior, será obligatorio que toda tubería y accesorios cumpla con la Norma Oficial de Tubería y Conexiones Cloruro de Polivinilo PVC Alcantarillado Sanitario, -emitida en el Decreto Nº 15453, publicada el once de junio de mil novecientos ochenta y cuatro y sus reformas. La instalación de tuberías sépticas, deberá ir en tubo de PVC SDR-32.5, de PVC SDR-41 y SDR-50 (pared delgada).

Tendrán todas las uniones a figuras y entre sí mismas bien limpias y solaqueadas con pegamento PVC.

Para aguas provenientes del servicio sanitario no se podrá usar tubería de diámetro inferior a 10 cm. Para el resto de las tuberías de este sistema el diámetro mínimo será de 5 cm.

En cada cambio de dirección o unión de tuberías deberán instalarse cajas de registro. En la salida de cocina y ducha y antes de la disposición de las aguas en el tanque séptico o entrega en la red principal de aguas residuales de la urbanización, deberán ir a un cenicero de concreto que permita su registro.

Antes de la entrada de aguas residuales provenientes del servicio sanitario al tanque séptico, deberá instalarse una tubería de ventilación para evitar contaminación por hedores fétidos hacia la casa, según la norma del Ministerio de Salud.

Bajo ningún concepto, se permitirá la descarga de aguas residuales al sistema de alcantarillado pluvial de la zona.

Todas las cajas, registros, ceniceros y sifones deberán incluir sus respectivas tapas bien ajustadas, sin resquebrajaduras y con un dispositivo adecuado para remoción o sujeción.

20.—Sistema de tratamiento de aguas residuales o tanque séptico. El buen desempeño del sistema de disposición y tratamiento de aguas negras serán responsabilidad de los profesionales encargados del diseño y de la construcción del proyecto.

En caso de no existir planta de tratamiento de aguas residuales en operación y conectada al proyecto, se deberá construir un sistema de tratamiento de aguas residuales, así como su correspondiente drenaje según la normativa del Ministerio de Salud y las condiciones que dicten los análisis de percolación (mínimo dos pruebas por hectárea a la profundidad de nivel de desplante de terrazas), realizado por un laboratorio inscrito en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, análisis que es requisito indispensable (con condición mínima de diseño de tanque y drenajes con capacidad para 6 personas). El drenaje deberá ser lineal y no tipo pozo de percolación, a menos que el estudio de filtración determine la factibilidad y condiciones de esta solución con el aval del Ministerio de Salud. Este sistema no será permitido cuando la capacidad de infiltración del suelo o los niveles freáticos sean inconvenientes, o se pongan en riesgo mantos acuíferos. La decisión del uso o no del sistema de tanque séptico u otro es responsabilidad del profesional responsable, el cual deberá fundamentar su decisión en un estudio de suelos hecho por un laboratorio inscrito en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.

En el diseño del sistema de tratamiento individual de cada vivienda, se deberá prestar especial atención al documento de la Dirección de Protección al Ambiente Humano del Ministerio de Salud, DPAH-1116-03 del 23 de abril del 2003, o cualquier otra normativa que lo sustituya.

21.—Pintura. La vivienda deberá quedar pintada exteriormente, con no menos de dos manos de pintura de buena calidad (pro-plus, látex o similares). También podrá utilizarse revestimientos, estucos y otros materiales. Las especificaciones mínimas que debe cumplir el material que se utilice deberán ser aquellas que garanticen la impermeabilidad y durabilidad de las paredes exteriores que vayan a quedar expuestas, así como los aleros y precintas.

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