Nº 32079
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
Con
fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución
Política; en la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la
Administración Pública; Ley Nº 7554 del 4 de octubre de 1995, Ley Orgánica del
Ambiente y lo dispuesto en el Reglamento General sobre los Procedimientos de
Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Ejecutivo Nº
31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC de 24 de mayo del 2004.
Considerando:
1º—Que el
Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental,
Decreto Ejecutivo Nº 31849-MINAES-MOPT-MAG-MEIC, publicado en La Gaceta Nº
125 del 28 de junio del año en curso, establece en su transitorio uno que la
Secretaría Técnica Nacional Ambiental cuenta con un plazo de tres meses
contados a partir de su publicación, para promulgar el Manual de Instrumentos
Técnicos del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental -Manual de EIA-, o los Manuales
específicos para los artículos que así lo requieran.
2º—Que las
actividades, obras o proyectos de categoría C y B2 con Plan Regulador Aprobado
por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental – SETENA, definidas en el artículo
6º de dicho decreto ejecutivo como de bajo impacto ambiental potencial, requieren
para su trámite de la existencia de un instrumento técnico de evaluación del
significado del impacto ambiental, Formulario de Evaluación Ambiental (D2).
3º—Que las
actividades, obras o proyectos, sin importar la categoría ambiental que le
corresponde, requieren para su trámite de la existencia de un instrumento
técnico que dicte las mejores prácticas ambientales a seguir por un
desarrollador, Código de Buenas Prácticas Ambientales (CBPA).
4º—Que con
el fin de poder implementar el trámite de las actividades, obras o proyectos de
categoría C y B2 con Plan Regulador Aprobado por la Secretaría Técnica Nacional
Ambiental-SETENA, se proceden a establecer dichos instrumentos técnicos. Por
tanto:
DECRETAN:
Los
siguientes instrumentos técnicos: Documento de Evaluación Ambiental D2, con su
instructivo y el Código de Buenas Prácticas Ambientales.
Manual de Instrumentos Técnicos para
el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (Manual de EIA)- PARTE I
Artículo 1º—Del Documento de Evaluación Ambiental D2.
Aplíquese el Documento de Evaluación Ambiental - D2 y su instructivo para
completar el formulario, conforme a lo que se dispone en el Anexo 1 del
presente Decreto, a fin de implementar los artículos 8º, 9º, 10, 12, 13, 14 y
15 del Decreto Ejecutivo Nº 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC.