Artículo
12.—El trámite de los Permisos Sanitarios, autorizaciones, acreditaciones o
renovaciones, tendrá un costo, cuyo pago se realizará en dólares americanos o
su equivalente en moneda nacional según el cambio de tipo oficial del día y ha
de ser reinvertido en los programas y actividades del Ministerio de Salud.
El
pago que se realice será de acuerdo a la clasificación contenida al efecto en
el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de
Funcionamiento el otorgados por el Ministerio de Salud:
Grupo
A: US$ 100,oo.
Grupo
B: US$ 50,oo.
Grupo
C: US$ 30.oo.
Con el
objeto de fortalecer a las Micropymes,
indistintamente del grupo de riesgo, éstas pagarán US$20.oo
(Así
reformado por el artículo 51 punto 4) del Reglamento General para
Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el
Ministerio de Salud, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 39472 del 18 de
enero de 2016)
(Nota de Sinalevi:
Mediante el artículo 63 del Reglamento general para
permisos sanitarios de funcionamiento, permisos de habilitación y autorización
para eventos temporales de concentración masiva de personas, otorgados por el
Ministerio de Salud, aprobado mediante decreto ejecutivo N°
43432 del 9 de setiembre del 2022, se reformará este numeral. De conformidad
con el artículo 65 de la norma antes referida dicha modificación entrará a
regir a partir de cuatro meses después de su
publicación, es decir el 24 de julio del 2022, por lo que a partir de
esa fecha el nuevo texto será el siguiente: "Artículo
12.-El trámite de los permisos sanitarios de funcionamiento, permisos de
habilitación, autorizaciones, acreditaciones, tanto por primera vez como por
renovación, tiene un costo, cuyo pago se debe realizar en dólares americanos o
su equivalente en moneda nacional según el cambio de tipo oficial del día y ha
de ser reinvertido en los programas y actividades del Ministerio de Salud.
El pago que se realice debe ser de acuerdo con la
clasificación contenida al efecto en el Reglamento general para permisos
sanitarios de funcionamiento, permisos de habilitación y autorizaciones para
eventos temporales, otorgados por el Ministerio de Salud:
a) Grupo A
(Riesgo alto): US$ 100,00.
b) Grupo
B (Riesgo moderado): US$ 50,00.
c) Grupo
C (Riesgo bajo): US $ 30,00.
d)
Casinos de juego: US$ 5.000,00.
e)
Microempresas inscritas y activas en el MEIC, indistintamente del grupo de
riesgo: US $20,00”)