Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25370 >> Fecha 04/07/1996 >> Articulo 29
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 29     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 25370 - Articulo 29
Ir al final de los resultados
Artículo 29    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 29

Artículo 29.—Determinación de los causahabientes por medio de edicto

            Para la determinación de los causahabientes, el Instituto Nacional de Seguros por medio de la dependencia competente, publicará un “edicto” en el Diario Oficial “La Gaceta”, así como en, al menos, dos de los principales medios de prensa escrita, mediante el cual cite y emplace a los interesados, por una sola vez, para que en el término de los nueve días hábiles siguientes a la publicación del edicto se apersonen para hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren, pasará a quien en derecho le corresponda, sin responsabilidad para dicho Instituto.

 

Ir al inicio de los resultados