Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33611 >> Fecha 23/01/2007 >> Articulo 4
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 4
Normativa - Decreto Ejecutivo 33611 - Articulo 4
Ir al final de los resultados
Artículo 4    Tipo: Transitorio    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
Transitorio IV

Transitorio IV.—La Dirección General contará con un plazo perentorio de un año a partir de la publicación del presente reglamento, para celebrar convenios de cooperación interinstitucional, en cumplimiento de los artículos 8º y 9º de la Ley 8220, denominada “Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos”, con las siguientes instituciones: Caja Costarricense del Seguro Social, Instituto Nacional de Seguros, Ministerio de Educación Pública, Consejo Nacional de Rectores (CONARE) y Consejo Nacional de Educación Superior (CONESUP).

 

Dado en la Presidencia de la República, a las diez horas del veintitrés de enero del dos mil siete.

 

 

Ir al inicio de los resultados