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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34195 >> Fecha 07/12/2007 >> Articulo 13
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34195 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13

Artículo 13.—Programa de calidad. El Auditor Interno establecerá y mantendrá en ejecución un programa de aseguramiento de la calidad de conformidad con lo dispuesto en la Norma 210 del MNGA y la Norma 1.4 del MEAI, sus modificaciones y reformas y otras disposiciones que dicte al respecto la CGR. El programa de calidad consistirá en evaluaciones internas relativas a revisiones continuas del desempeño y revisiones periódicas mediante la autoevaluación anual y la evaluación externa cada tres años. Los resultados de la revisión de la calidad deberán constar en un informe con sus respectivos planes de mejora cuando así se requiera, lo cual será comunicado, cuando corresponda o se considere conveniente, al Ministro.


 

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