Artículo 29
Artículo
29.—Será obligación de la administración activa de la Municipalidad de Acosta, llevar un registro separado del monto asignado y aprobado
para la Auditoría Interna,
detallado por objeto del gasto de manera que se controle con toda exactitud la
ejecución y modificaciones de los recursos presupuestados.
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