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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35091 >> Fecha 09/01/2009 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35091 - Articulo 3
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Artículo 3º—Interés público de los biocombustibles

Artículo 3º—Interés público de los biocombustibles. Declárese de interés público y afín a los principios de desarrollo sostenible, de protección del medio ambiente y de la salud de las personas, las actividades relacionadas con la producción de biocombustibles, que incluye la investigación y desarrollo, la provisión y producción de materia prima e insumos para la producción, industrialización y transformación de biocombustibles, la sustitución de combustibles fósiles, la industrialización y transformación, la comercialización y el consumo; así como la sustitución de combustibles de origen fósiles.


 

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