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 Normativa >> Reglamento municipal 188 >> Fecha 07/12/2009 >> Articulo 82
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Normativa - Reglamento municipal 188 - Articulo 82
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Artículo 82
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            Artículo 82.—Para evaluar y calificar al servidor (a) en su desempeño general, se utilizarán las categorías de Regular, Bueno, Muy Bueno y Excelente. La evaluación y calificación de servicios se hará efectiva en la primera quincena del mes de junio de cada año y será responsabilidad de la Oficina de Recursos Humanos velar porque cada coordinador, cumpla esta disposición reglamentaria.


 

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