Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 17/12/2010 >> Articulo 23
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 23     >>
Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 23
Ir al final de los resultados
Artículo 23    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1

CAPÍTULO VI

 

Ámbito de acción

 

Artículo 23.—Ámbito de acción. La Auditoría Interna cumplirá su función en relación con los fondos públicos sujetos al ámbito de competencia de la Municipalidad de OSA y por los entes u órganos públicos y privados sujetos a la competencia institucional de la Auditoría Interna.

Es obligación del Auditor Interno definir y mantener actualizado, en el instrumento que corresponda, los órganos y entes sujetos al ámbito de acción de la Auditoría Interna, con fundamento en lo estipulado en el artículo 22, inciso a), de la Ley General de Control Interno.


 

Ir al inicio de los resultados