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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36801 >> Fecha 20/09/2011 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36801 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Glosario de Acrónimos. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:

        AMSF: Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.

        ARP: Análisis de Riesgo de Plagas.

        BPA: Buenas Prácticas Agrícolas.

        CIPF: Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.

        COMEX: Ministerio de Comercio Exterior.

        FAO: Organización para la Agricultura y Alimentación (por sus siglas en inglés).

        MAG: Ministerio de Agricultura y Ganadería.

        MINAET: Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.

        MIP: Manejo Integrado de Plagas.

        MS: Ministerio de Salud.

        NIMF: Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias.

        OMC: Organización Mundial del Comercio.

        SFE: Servicio Fitosanitario del Estado.

        Los términos técnicos corresponden a los establecidos por la NIMF N° 5 de la CIPF-FAO, Glosario de Términos Fitosanitarios.

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