II.
Responsabilidades del Servicio Fitosanitario del Estado
a)
El SFE, es el Órgano responsable de fiscalizar de manera permanente que todo
propietario u ocupante por cualquier título de un inmueble, realice un adecuado
manejo de los rastrojos, desechos o residuos de origen vegetal, que se generen
en un sistema de producción agrícola, de conformidad con el artículo 20 de
la Ley
de
Protección Fitosanitaria No 7664.
b)
En caso de constatar que se haya dado un inadecuado manejo del rastrojo, desecho
o residuo vegetal, que podría o esté provocando un brote de un organismo
plaga, el SFE ordenará al responsable, que desarrolle las acciones necesarias
para el tratamiento, procesamiento o destrucción del rastrojo, desecho o
residuo, en la forma y dentro del plazo que técnicamente le indique al
productor el funcionario del SFE, que no podrá ser mayor a cinco días
naturales, a los efectos de evitar daños al bienestar animal, o vegetal.
c)
Una vez finalizado el plazo señalado en el inciso anterior, sin que el
productor haya cumplido en forma concreta y a satisfacción con las medidas técnicas
dictadas por el funcionario del SFE, éste levantará en un plazo no mayor a
cuarenta y ocho horas, un informe técnico acreditando el incumplimiento, el
cual debe ser comunicado al productor incumpliente y al SENASA para que ésta
dicte las medidas sanitarias y administrativas que correspondan al productor.
d)
Toda empresa o productor físico deberá mantener e implementar un procedimiento
operacional donde especifique el plan para el manejo de los rastrojos, desechos
o residuos de origen vegetal, así como las acciones para el control de
organismos plaga que puedan proliferar en éstos, mismo que deberá presentarse,
en un plazo no mayor a quince días naturales, cuando el SFE lo requiera en aras
de verificar su cumplimiento por parte de la empresa o productor físico.
e)
El SFE coadyuvará en los esfuerzos de capacitación que las Agencias de
Servicios Agropecuarios del Ministerio, realicen a los productores
agropecuarios, sobre el manejo adecuado de los rastrojos vegetales.
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