II.—Adiciónase a la resolución R-DC-24-2012 de las 9:00 horas
del 26 de marzo del 2012 la Contraloría General por medio de la cual se
emitieron las “Normas Técnicas sobre Presupuesto Público, N-1-2012-DC-DFOE”:
a) La definición de “Titular
subordinado de más alto rango” en la Norma 1.1 “Definiciones básicas
utilizadas en esta normativa” para que se lea así:
Titular subordinado de más
alto rango: Funcionario de la Administración activa que interactúa
directamente con el Jerarca y ostenta el más alto cargo administrativo en la
institución (Presidente Ejecutivo, Gerente General, Rector, Director
General, entre otros del igual rango).
b) El transitorio único:
Transitorio único: Las
disposiciones contenidas en las normas 4.2.3 y 4.3.11, puntualmente sobre el
tema de modificaciones presupuestarias, entrarán en vigencia a partir del 1° de
enero del 2014, con la intención de que las instituciones puedan ajustar su
normativa interna y sus sistemas de información institucionales a las
disposiciones contenidas en la norma 4.3.13 de esta resolución.
Hasta
el 31 de diciembre del 2013, seguirá rigiendo en lo que corresponda, lo
establecido en la sección III “Modificaciones presupuestarias” del “Reglamento
sobre variaciones al presupuesto de los entes y órganos públicos,
municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y sujetos
privados R-1-2006-CO-DFOE”, emitido por medio de resolución R-CO-67-2006
del Despacho de la Contralora General de las nueve horas del veintiocho de
agosto del dos mil seis.
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