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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37735 >> Fecha 06/05/2013 >> Articulo 24
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37735 - Articulo 24
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Artículo 24
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Artículo 24.—Secretaría Técnica del SNP. Se establece en MIDEPLAN una Secretaría Técnica del SNP como instancia técnica y ejecutiva, con las siguientes funciones:

a)         Velar por el efectivo cumplimiento de los lineamientos, metodologías y procedimientos establecidos por MIDEPLAN y la Presidencia de la República para garantizar el adecuado funcionamiento del SNP.

b)         Coordinar los diversos órganos y subsistemas del SNP, de manera que se garantice la efectividad de su operación y los principios del SNP.

c)         Elaborar y proponer lineamientos, metodologías y procedimientos que coadyuven y faciliten la ejecución de los procesos de planificación, en coordinación con los Subsistemas del SNP.

d)         Facilitar y velar por la articulación e integración de las funciones de MIDEPLAN dentro del SNP.

e)         Desarrollar programas de capacitación y de divulgación para los funcionarios públicos en temas estratégicos relacionados con la implementación y funcionamiento del SNP.

f)          Impulsar acciones y proyectos de fortalecimiento de la planificación del desarrollo.

g)         Elaborar informes anuales de seguimiento y evaluación del SNP.

h)         Cualesquiera otras que contribuyan al logro de sus cometidos.

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