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 Normativa >> Reglamento municipal 33 >> Fecha 22/08/2013 >> Articulo 15
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Normativa - Reglamento municipal 33 - Articulo 15
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Artículo 15
Versión del artículo: 1  de 1
CAPÍTULO V 

Artículo 15.—La Administración debe velar por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento y en los contratos respectivos, sin perjuicio de la intervención que al respecto pueda hacer la Auditoria Municipal cuando lo consideré oportuno.

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