Artículo 5º—Publicación de la lista con
la totalidad de valores: Publícase la “Lista de Valores de Vehículos
Automotores, Embarcaciones y Aeronaves”, incorporándole la totalidad de los
valores de referencia para vehículos automotores y el respectivo mecanismo para
estimar los valores específicos y la totalidad de las embarcaciones y aeronaves
registradas en la base de datos del Sistema de Información Integral de la Administración Tributaria
(SIIAT). Se define el valor para los bienes en mención de conformidad con la
lista adjunta, la cual además servirá de base para determinar el valor fiscal
para efectos de lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº 9078.
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