Artículo
41.—Para promover la coordinación y el trabajo en equipo, así como racionalizar
el uso de los recursos disponibles, las sesiones deberán realizarse en las
instalaciones del centro educativo, salvo caso fortuito o fuerza mayor. El
Director del Centro Educativo deberá facilitar un espacio para este fin, así
como para el resguardo de la documentación oficial de la Junta.
|