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 Normativa >> Ley 9220 >> Fecha 24/03/2014 >> Articulo 22
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Normativa - Ley 9220 - Articulo 22
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Artículo 22
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CAPÍTULO IV

REFORMA LEGAL 

ARTÍCULO 22.- Se adiciona un inciso ñ) al artículo 3 de la Ley N.º 5662, Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, de 23 de diciembre de 1974. El texto del inciso adicionado será el siguiente: 

 “Artículo 3.- Con recursos del Fodesaf se pagarán, de la siguiente manera, programas y servicios a las instituciones del Estado y a otras expresamente autorizadas en esta ley, que tienen a su cargo aportes complementarios al ingreso de las familias y la ejecución de programas de desarrollo social. 

[…] 

ñ) Se destinará a la Red de Cuido y Desarrollo Infantil (Redcudi) al menos un cuatro por ciento (4%) de todos los ingresos anuales, ordinarios y extraordinarios, del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf).”

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