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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38365 >> Fecha 20/02/2014 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38365 - Articulo 14
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Artículo 14
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Artículo 14.—Con base en el anteproyecto del Plan- Presupuesto ordinario aprobado por la Dirección Ejecutiva, la Administración Financiera a través de la Unidad de Presupuesto, formulará el proyecto de Plan Presupuesto Ordinario y sus modificaciones, que se quiera plantear a la Junta Directiva para su aprobación y posterior traslado a los órganos y entes públicos que establezca el ordenamiento jurídico administrativo.


 

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