Artículo
2º—Finalidad. Este reglamento tiene
como objeto definir los lineamientos Institucionales en relación con el
tratamiento que deberá aplicarse a la información originada en el Poder
Judicial previo a su publicación en Internet o por cualquier medio con acceso a
terceras personas, de forma tal que se garantice el derecho al acceso a la
información pública de carácter judicial, en equilibrio del derecho a la
autodeterminación informativa, evitando que se propicien acciones discriminatorias.
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