Artículo 17.—De los Estudios Radiológicos, Imágenes
y otros.
a)
Toda solicitud de estudios radiológicos o imágenes deberá enviarse en el
formulario A.G.4-70-03-0420 debidamente lleno y firmado por el médico
responsable. Asimismo, deben cumplir con protocolos de envío y restricciones
que, eventualmente, sean establecidos por la CCSS.
b) No
se prevé la realización de estudios radiológicos con carácter de urgente, para
lo cual el paciente dispondrá de los servicios de urgencias institucionales
para ser valorado en caso que así sea requerido y deseado.
c) Las solicitudes de electrocardiograma se realizarán
en el formulario 4-70-03-0300.
d) El
cuadro básico de imágenes, estudios de gabinete y otros para los usuarios del
Sistema Mixto de Atención en Salud, son las siguientes:
• Rx de tórax P.A. y A.P.
• Senos paranasales.
• Rx de cráneo A.P y lateral.
• Rx de huesos largos A.P y lateral
• Mastoides.
• Columna cervical, dorsal, lumbar y sacra A.P. y
lateral.
• Rx. de Abdomen simple.
• Electrocardiograma.
• Ultrasonido: simple de abdomen, ginecológico,
próstata y mamas.
• Gastroscopía.
• Mamografía.
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