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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38834 >> Fecha 15/05/2014 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38834 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—Los plaguicidas sintéticos formulados que contengan endosulfán para su uso en el cultivo de café, sólo podrán distribuirse y venderse al usuario bajo receta profesional emitida y firmada por un profesional en Ciencias Agrícolas incorporado al Colegio de Ingenieros Agrónomos.


 

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