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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38834 >> Fecha 15/05/2014 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38834 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—La comercialización de los plaguicidas sintéticos formulados que contengan endosulfán, deben llevar adherida al envase o empaque la etiqueta y el panfleto, los cuales deberán indicar en la parte superior la siguiente leyenda: “VENTA RESTRINGIDA BAJO RECETA PROFESIONAL PARA USO EXCLUSIVO EN EL CULTIVO DEL CAFÉ”, y en recomendaciones de uso del panfleto deberán indicar únicamente su uso es en el cultivo de café.


 

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