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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38834 >> Fecha 15/05/2014 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38834 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—Las personas que realizan labores de manejo y uso de ingredientes activos grado técnico y de plaguicidas sintéticos formulados que contengan endosulfán, deberán cumplir con lo establecido en los artículos 8, 9, 10, 11, 12 y 13 del Decreto Ejecutivo Nº 38371-S-MTSS, del 14 de febrero de 2014, “Reglamento sobre disposiciones para personas ocupacionalmente expuestas a plaguicidas”. Además, el personal debe estar capacitado y utilizar las medidas de prevención y protección personal indicados para este plaguicida.


 

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