CAPÍTULO III
De la Secretaría Técnica del Sistema Nacional
de contralorías de servicios
Artículo 6º—LA SECRETARÍA TÉCNICA. La
SECRETARÍA TÉCNICA es un órgano adscrito a MIDEPLAN, encargada de la
administración del SISTEMA. Se entenderá por la administración del SISTEMA lo
correspondiente a la gestión, supervisión de sus componentes y asesoría,
velando por el adecuado cumplimiento de los objetivos establecidos en el
artículo 2 de la LEY.
La
SECRETARÍA TÉCNICA cumplirá con las disposiciones de la Ley de Igualdad de
Oportunidades para las Personas con Discapacidad y con los lineamientos de
gestión emitidos por MIDEPLAN para la atención de las PERSONAS USUARIAS, de tal
manera que reúna las condiciones necesarias para la debida atención de las
personas usuarias.
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