PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
(Nota de Sinalevi: el Patronato Nacional de la
Infancia aprobó un nuevo Reglamento
para la prevención, denuncia, y sanción del Hostigamiento Laboral en el
Patronato Nacional de la Infancia
mediante publicación en el Alcance Digital N° 88 a La Gaceta N° 77 del 3
de mayo del 2018)
(Nota de Sinalevi: el Patronato Nacional de la
Infancia aprobó un nuevo Reglamento
para la prevención, denuncia y sanción del hostigamiento laboral en el
Patronato Nacional de la Infancia mediante publicación en La Gaceta N° 209
del 29 de octubre del 2021)
JD 156-2015.—En la
sesión ordinaria de Junta Directiva 2015-034, celebrada el miércoles 16 de
setiembre del 2015, se aprobó en firme, mediante el acuerdo JD 147-2015,
artículo 005, aparte 01, el Reglamento para la Prevención, Denuncia y Sanción
del Hostigamiento Laboral en el Patronato Nacional de la Infancia” para que se
lea de la siguiente manera:
REGLAMENTO PARA LA
PREVENCIÓN, DENUNCIA
Y SANCIÓN DEL HOSTIGAMIENTO LABORAL EN
EL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
Artículo 1º—Del
objetivo. El objetivo del presente reglamento es el de proteger la
dignidad, la igualdad ante la ley, la integridad personal y el derecho al
trabajo de todos los (las) funcionarios (as) del Patronato Nacional de la
Infancia en condiciones sanas y dignas, estableciendo para tales efectos, los
principios y procedimientos a observar en materia de hostigamiento laboral,
tendientes a prevenir, investigar, resolver y sancionar las denuncias
presentadas en perjuicio de los (las) funcionarios (as) institucionales en el
ámbito de sus relaciones laborales en dicha materia.