ARTÍCULO 9.-
Disposiciones derogatorias
Se deroga el
inciso a) del artículo 3 bis) de la Ley N.° 7605, Derogación del Régimen de
Pensiones de los Diputados, Ley N.° 7302 y Modificación de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, Ley N.° 7333, de 2 de mayo de 1996, y sus reformas.
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