ARTÍCULO 5.- Autorización al
Poder Ejecutivo para que ceda los derechos de cobro del peaje y el servicio de
recaudación
Se autoriza y faculta al Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes (MOPT) y del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) para que ceda los derechos de cobro de las tarifas
de peaje y el servicio de recaudación, y los ingresos provenientes de estos al
fideicomiso, así como los provenientes de arrendamientos de espacios, áreas
comerciales adyacentes y cualquier otro ingreso que genere la operación
efectiva del corredor vial San José-Cartago.
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