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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40013 >> Fecha 05/01/2016 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40013 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°—Ámbito de aplicación.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento serán de aplicación para los siguientes casos:

a) Adquisición de Sistemas de tratamiento de aguas residuales de cualquier tipo, ya sean construcciones nuevas, ampliaciones y remodelaciones.

b) Adquisición de bienes, materiales e insumos que se utilizaran para la construcción del sistema de tratamiento. Quedan excluidos aquellos bienes, materiales e insumos utilizados durante la operación y mantenimiento de las mismas.

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