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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40382 >> Fecha 24/04/2017 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40382 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10- Que la carta de solicitud citada en los trámites anteriores deberá contener:

l . Nombre y apellidos.

2. Número de cédula.

3. Estado civil.

4. Profesión u oficio.

5. Pretensión o trámite a solicitar:

a-En caso que sea tramite original o revisión de pensión: el solicitante debe indicar las instituciones para las que presta o prestó servicios; en caso de que el solicitante sea galardonado por el Premio Magón, deberá indicarlo en su escrito.

b-En caso de que sea trámite de traspaso de pensión o sobrevivencia de los Regímenes Contributivos: cuando el solicitante labora para la Administración Pública, debe indicar para cual institución labora.

e-En caso de solicitud de inclusión en Planillas de los Regímenes Contributivos: Cuando el solicitante labora para la Administración Pública, debe indicar para cual institución labora.

d- En caso de solicitud de inclusión en Planillas de los Regímenes de Guerra y Gracia: El solicitante debe indicar la fecha de publicación, en el Diario Oficial La Gaceta, del Edicto notificado en la Plataforma de Servicios (a efectos de que la Dirección obtenga copia de la publicación.

6. Lugar de residencia con indicación de dirección exacta.

7. Lugar para notificaciones.

8. Número de teléfono de casa de habitación o número de teléfono celular, o número de fax o Correo electrónico o cualquier otro medio para notificarse.

9. Acreditar la representación, cuando no sea el interesado directo.

10. Fecha.

11. Firma.

En caso de que la solicitud sea firmada por un apoderado o representante, debe aportarse el documento que acredita la representación.

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