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 Normativa >> Directriz 102 >> Fecha 06/04/2018 >> Articulo 13
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Normativa - Directriz 102 - Articulo 13
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Artículo 13
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ARTÍCULO 13. Control de Auditoría. Las disposiciones de la presente Directriz corresponden a un deber complementario de transparencia y divulgación, que se suma a los existentes en las leyes y reglamentos relativos al control y supervisión estatal.

La entidad debe asimismo informar en su sitio web, sobre los procesos de selección y aprobación del auditor interno; cualquier requerimiento prescriptivo de rotación de los auditores externos; la duración del auditor externo actual en el cargo y si existe la práctica de rotación de auditores de acuerdo con estándares internacionales. Se deberá informar también sobre el acatamiento de las recomendaciones realizadas por la Auditoria Interna.


 

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