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 Normativa >> Directriz 102 >> Fecha 06/04/2018 >> Articulo 4
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Normativa - Directriz 102 - Articulo 4
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Artículo 4
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ARTÍCULO 4. Normas Internacionales de Información Financiera. Se insta a las entidades contempladas en el ámbito de aplicación de la presente Directriz a que implementen sin dilación lo dispuesto en la Directriz CN-003-2014 “Lineamientos aplicación de NIIF/NIC en empresas públicas” y en el Decreto Ejecutivo N.º 39665-MH “Reforma a la adopción e implementación de la normativa contable internacional en el sector público costarricense”, emitidos por el Ministerio de Hacienda, aún y cuando no sean susceptibles de ser consideradas como empresas públicas en los términos de dichas normas.


 

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