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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41062 >> Fecha 14/03/2018 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41062 - Articulo 22
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Artículo 22    (No vigente*)
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Artículo 22.- Revisión de la solicitud para el pago de hora extra. Recursos Humanos está obligado a revisar los informes de tiempo extraordinario con base en los procedimientos y legislación vigente. Igualmente deberá denunciar cualquier inconsistencia que se detecte a la Dirección Ejecutiva del Consejo.

Además, deberá verificar que la justificación se haya consignado y sea suficiente, con el objeto de determinar que efectivamente consta que la labor extraordinaria obedeció a la necesidad de la Administración, que se encuentra dentro de los parámetros señalados en el presente Reglamento y ajustada a las demás disposiciones que regulen la materia. Contra el acto que rechaza el pago de horas extra al servidor, cabrán los recursos ordinarios estipulados en la Ley General de la Administración Pública N° 6227.


 

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