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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41173 >> Fecha 28/06/2018 >> Articulo 13
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41173 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13. —Obligación de los jerarcas. Los jerarcas de las instituciones que conforman la Administración Pública Central, así como de sus órganos adscritos, tendrán la obligación de informar a los funcionarios que brinden servicios al público acerca de lo dispuesto por la presente regulación, con el propósito de que presten las facilidades administrativas pertinentes sin dilaciones y sin exigir requisitos adicionales; así como el deber de dar debido cumplimiento a lo establecido por este Decreto. Lo anterior se deberá realizar respetando la identidad sexual y de género de la persona, y atendiendo a lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo Nº 38999.


 

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