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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41185 >> Fecha 18/05/2018 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41185 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—Libre acceso y deber de las instancias administrativas de brindar información. LA CONTRALORÍA puede actuar de oficio o a solicitud de parte y tendrá las siguientes potestades con el fin de atender las inconformidades, los reclamos, las consultas, las denuncias y las sugerencias:

a) Solicitar el libre acceso, en cualquier momento, a expedientes, libros, archivos y documentos, así como otras fuentes de información relacionadas con la prestación del servicio de MIDEPLAN, excepto los secretos de Estado, información confidencial o declarada de acceso limitado por el ordenamiento jurídico, las que puedan servir para la sustentación de procedimientos administrativos que estén pendientes de ser rubricados, o de resolución e información personalísima de LAS PERSONAS FUNCIONARIAS o de LAS PERSONAS USUARIAS O GESTIONANTES.

b) Obtener de LAS PERSONAS FUNCIONARIAS de las diferentes Áreas o Unidades los informes, los datos y los documentos necesarios para el cabal cumplimiento de sus funciones, excepto los secretos de Estado, información confidencial o declarada de acceso limitado por el ordenamiento jurídico, las que puedan servir para la sustentación de procedimientos administrativos que estén pendientes de ser rubricados, o de resolución e información personalísima de LAS PERSONAS FUNCIONARIAS o de LAS PERSONAS USUARIAS O GESTIONANTES. De toda inconformidad tramitada en cualquier Área o Unidad de MIDEPLAN se dará cuenta a LA CONTRALORÍA.

c) Instar a LAS PERSONAS FUNCIONARIAS de las diferentes Áreas o Unidades a brindar la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que requiera LA CONTRALORÍA para el cumplimiento cabal de sus funciones.


 

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