ARTÍCULO 17.
Sanción: El incumplimiento a lo dispuesto en la Ley para Mejorar la Lucha contra
el Fraude Fiscal, el Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios
Finales o esta resolución podrá ser sancionado de acuerdo a lo establecido en
el artículo 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
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